Chile y las pesquerías en el Pacífico Sur
Hay un caso dramático, pero no único. El jurel, que hasta no hace muchos años estaba presente en un larguísimo tramo del litoral de Chile y formaba parte de nuestra dieta habitual, hoy está bajo amenaza de extinción por la pesca indiscriminada en alta mar.
De ahí que los países pesqueros iniciamos un largo proceso de negociaciones que dio origen al primer acuerdo multilateral que regula jurídicamente todas las actividades pesqueras en la alta mar del Pacífico Sur. De esta manera queremos lograr el manejo apropiado de los valiosos recursos que esta actividad nos brinda hoy y nos ofrecerá en el futuro.
El 25 de julio Chile depositó ante el gobierno de Nueva Zelandia el instrumento de ratificación sobre la Convención relativa a la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en Alta Mar en el Océano Pacífico Sur, adoptada en Auckland, el 14 de noviembre de 2009. Con este acto, se cumplió con el número de países necesarios para que la Convención entre en plena vigencia a contar de hoy. Chile copatrocinó este instrumento conjuntamente con Australia y Nueva Zelanda.
La Convención tiene por finalidad, mediante la aplicación de los enfoques precautorio y ecosistémico en el ordenamiento pesquero, garantizar la conservación en el largo plazo y el uso sostenible de los recursos pesqueros y, al hacerlo, salvaguardar los ecosistemas marinos en que existen esos recursos. Su materialización coincide con uno de los períodos más críticos que afecta a la biomasa ubicada frente a nuestras costas. De conformidad a cifras recientes, un alto porcentaje de las especies están en peligro de extinción.
El establecimiento de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur (OROP-PS) permitirá que a través de sus órganos se adopten todas aquellas medidas y regulaciones para asegurar su cumplimiento. En el caso de las especies transzonales, y con el consentimiento expreso del Estado ribereño interesado, se podrán aplicar las normas que adopte la OROP-PS también en sus aguas jurisdiccionales.
Este tratado es de especial importancia para nuestro país, dado que uno de los ejemplares transzonales más relevantes de la pesca chilena, el jurel, está próximo a colapsar de no mediar la aplicación de drásticas disposiciones cautelares. Para ello, la Convención consagra el concepto de “captura histórica” como criterio de asignación y, en este caso, Chile posee el mayor volumen de capturas históricas, lo que nos favorece claramente.
Además, se establece la consideración preferente de una Captura Total Permisible, como régimen de conservación y uso sostenible en el caso del jurel; y, el principio de compatibilidad entre las medidas de conservación y administración que adoptará la OROP-PS para alta mar y aquéllas que apliquen los Estados costeros en aguas bajo su jurisdicción y soberanía. La normativa con que nuestro país ha regulado sus pesquerías deberá ser considerada e influirá en la futura regulación de la OROP-PS para la alta mar.
A la fecha, han ratificado, aprobado o accedido a la Convención Australia, Belice, Islas Cook, Cuba, la Unión Europea, Islas Faroe, Corea, Nueva Zelanda y Rusia.
Quiero resaltar la labor desplegada por la Cancillería chilena durante esta compleja negociación. Su desempeño nos ha permitido alcanzar un acuerdo que responde al compromiso político con la sustentabilidad de los recursos que lleva a cabo el gobierno del presidente Piñera. Esta Convención abre para Chile múltiples alternativas de colaboración con aquellos países que, al igual que el nuestro, alientan una política de Estado respecto del manejo racional de los recursos naturales.
Los países que utilizamos los recursos del Pacífico Sur damos una muestra de responsabilidad y cuidado por la presente y las futuras generaciones. Es deber de todos aprender a convivir en un planeta que ya no soporta el expolio indiscriminado de sus riquezas naturales. Si la Tierra nos acoge, debemos cuidarla.